Ensayo
Interés, Sujeto e Individuación: Esbozos desde el poder Psiquiátrico a la “Gubernamentalidad”
William Yesid. Garzón T.[1]
El escrito aborda, de manera central, el concepto de interés que Foucault emplea en relación con el concepto de racionalidad y naturaleza al analizar los cambios operados en su empleo e interpretación en el ámbito jurídico penal, así como las correspondientes funciones que cumple en su conexión con el desarrollo de la psiquiatría y el dominio de la anomalía para desembocar en el interrogante ¿No estamos frente a un retorno de algunos elementos de soberanía en el que las relaciones de poder pasan por encima de la individualidad, pero cuyo deseo se encarna por debajo de la singularidad somática?
Cuerpo-razón
En Los anormales (An.) el interés es un concepto planteado en una dualidad (ambigüedad) estético-racional: por un lado, se trata de un deseo del sujeto de la acción, un móvil no racional y estético; por otra, se entiende como un objetivo racionalmente determinado por el mismo sujeto de la acción; pero asimismo es entendido como principio de inteligibilidad de la acción, sin referencia al deseo o razón del sujeto, sino a las relaciones entre el crimen y sus condiciones de aparición, que a su vez opera como:
«unidad de medida entre el crimen y el castigo». «ese soporte natural del crimen, esa razón de ser del crimen». (A, p, 89).
«la cuestión que se planteará será, en cierto modo, la de la mecánica y el juego de los intereses que pudieron hacer criminal a quien hoy está acusado[…] Lo que se planteará, por tanto, no es el entorno del crimen y ni siquiera la intensión del sujeto, sino la racionalidad inmanente en la conducta criminal, su inteligibilidad natural[…]el crimen es ahora lo que tiene una naturaleza[…] y el criminal es un ser natural caracterizado, en el plano mismo de su naturaleza, por su criminalidad» (An, 90).
A este elemento natural del crimen, y no al crimen particular, es a lo que el castigo debe «neutralizar» mediante la «oposición», poniendo en juego un interés semejante, análogo, aunque un poco más fuerte que el que sirvió de soporte al mismo crimen (An, p, 90). Principio de economía que, aunque frente a la atrocidad sobrecargada de la arbitrariedad soberana ahorra energías, seguirá siendo exigida de manera externa por ese interés. El interés del crimen es opuesto al interés de todos, par de racionalidades que no logan integrase de manera no contradictoria, sino en oposición en cuanto la naturaleza del crimen es interpretada desde el contrato social en que lo natural al interés es entender la conveniencia de aceptar el pacto social, pero lo natural monstruoso del crimen consiste en atentar contra este pacto.
Esta aparente contradicción parece un sofisma, pues una cosa es el interés (deseo -intencionalidad) del sujeto (lobo) racional, y otra el interés del crimen, que es su explicación en cuanto fenómeno natural, cuyo soporte no es la intencionalidad del sujeto, sino su naturaleza criminal. El primero racionalmente acepta el pacto por conveniencia, el segundo atenta contra este. En este apartado (Clase del 29 de Enero de 1975; p, 91) se mezclan, de manera problemática, estos dos sentidos de interés en relación opuesta con el contrato social. Eso está dado a partir de la seudo identificación, o mejor, ambigüedad, entre racionalidad y naturaleza como interés. ¿Qué ocurre acá? Porque si es posible la oposición entre naturaleza y ley, y a aquella se califica como ciega, es porque se distingue entre naturaleza y racionalidad (luz). Distinción no excluyente. Solo que se presupone que la naturaleza debe ser racional, y si no lo es, es anormal. Esta es la posibilidad lógica de calificar la naturaleza criminal de natura contra natura, es decir, de monstruo (An p, 91) ligado a una naturaleza irracional, bestial, que no reconoce lo racional de la ley, de su necesidad para el despliegue y consecución, en sociedad, de su interés (subjetivo).
En este lugar (Los Anormales) se caracteriza el primer monstruo, el político, al tiempo que parece esbozarse la posibilidad o la sospecha sobre lo que da fundamento al pacto social: no solo la promesa de que, al pactar, el interés egoísta del sujeto tiene posibilidad de llevarse a cabo, en todo caso, más posibilidades que por fuera del pacto, sino que, además, parece suponer que por fuera del pacto es imposible llevarse a cabo, por eso la asignación de irracionalidad y contradicción al interés del crimen.
Nótese, sin embargo, que la racionalidad de la que se habla es la intencionalidad del sujeto, su aceptación del pacto está motivada por la racionalización en el sujeto sobre las probabilidades de su deseo. Hay un deseo en un sujeto racional; racionalidad instrumental al servicio del deseo. (sujeto como unidad integradora de naturaleza (cuerpo-deseo) y razón?
La teoría contractualista le supone a la naturaleza una racionalidad propia, y hace a su vez de dicha asociación la norma, frente a la cual los dispositivos deben corregir lo que no responda o contenga este tipo de racionalidad, adecuarlo a una norma naturalizada (racional). Esto es lo que Foucault, en Seguridad, Territorio (STP.), Población nomina «normación» (característico de las tecnologías disciplinarias) para referirse a a una cronología especifica en la que en primer lugar se plantea el «modelo óptimo» construido «en función» de un resultado determinado y luego, en segundo lugar, intentar que la conducta de la gente, sus gestos y actos, se «ajusten» a ese modelo, siendo calificado como normal lo que se ajusta a dicha norma (modelo) y de anormal, lo que no lo hace (STP, p, 75).
«La norma tiene un carácter primariamente prescriptivo y la determinación y el señalamiento de lo normal y lo anormal resultan posibles con respecto a esa norma postulada[..] A causa de ese carácter primario de la norma en relación con lo normal […] me gustaría decir […]que se trata más de una normación que de una normalización» (Idem. p, 76).
Este tiene relación con el efecto de individuación propio del aparato disciplinar, su función sujeto: «la disciplina es la técnica de poder por la cual la función sujeto se superpone y se ajusta exactamente a la singularidad somática» (El Poder Psiquiátrico, p, 77 ). De esta manera describe Foucault el carácter individualizante del poder disciplinario, resumiendo dicha mecánica disciplinar:
«por intermedio de un sistema de vigilancia y escritura o un sistema de panoptismo pangráfico que proyecta por detrás de la singularidad somática, como su prolongación o su comienzo, un núcleo de virtualidades, una psique, y establece, además, la norma como principio de partición y la normalización [3 años después “normación”] como prescripción universal para todos esos individuos así constituidos» (Idem.)
Cuerpo-instinto
En las clases del 19 y 26 de febrero de 1975, en su distinción entre el cuerpo de la bruja y el cuerpo del poseso, se muestra el tránsito desde de esta unidad sujeto-razón, subyacente al contrato, hacia la constitución del concepto de la carne en el ámbito de la confesión penitente y su «entrampe» por el cuerpo del poseso en el que lo contractual no tiene sentido, pues no es a nivel intencional que se interpreta el interés, o lo racional. En la posesa no se trata de una aceptación contractual racional, sino estético corporal.
Lo anterior es importante porque frente al concepto de convulsión que emerge contra el cuerpo del poseso, señala Foucault que la iglesia trata de distanciarse de este cuerpo remitiéndolo al ámbito de la medicina, en la cual se va a recibir con toda la carga de culpabilidad y descalificación del discurso penitencial. Carga que va a tener su historia médica cuando la psiquiatría deba responder por la racionalidad del crimen entendida como «soporte natural» de este. Término médico jurídico que apela a una nueva unidad del sujeto: la conducta del sujeto no se remite a su intencionalidad sino al concepto de carne que cubre la corporalidad cristiana. El cuerpo tiene una naturaleza cárnica que, mediante el estudio y patologización de la convulsión posesa, por un lado, así como de la masturbación, por otro, va a desembocar en la temática del instinto. En este escenario nuevo la racionalidad del crimen va a apelar no a la razón del sujeto sino a su carácter cárnico-instintual, siendo esta la nueva unidad a partir de la cual analizar lo racional y el interés del crimen, pues la nueva unidad individual a la que se refiere es a la de cuerpo-instinto.
En este caso, por tanto, ya la naturaleza anómala no es entendida como contra natura, ni se opone a un contrato social, sino que va a ser pensada como un estado natural con una racionalidad propia al interior de un conjunto de fuerzas con las cuales debe estar en equilibrio. Conceptos a los cuales les corresponde una unidad de la locura, pues si un síntoma de locura cualquiera tiene su foco en una unidad instintual desequilibrada, se deduce que la locura abarca la totalidad del individuo. Y con esto, en cuanto el instinto está ligado a lo convulsivo, a lo impredecible e irregular, surge la unidad sujeto-instinto como lo peligroso, categoría ante la cual se ponen en acción instituciones administrativas, médicas y políticas. En lo cual es interesante mirar la manera en que la familia cumple varias funciones operativas:
Ya en El Poder Psiquiátrico (PP) la familia constituye un foco residual del poder de la soberanía concentrado y potenciado cuya función es operar como bisagra que permite articular un poder soberano sobre el individuo niño-adolescente, necesario para asegurar su inserción en el engranaje de la tecnología disciplinaria. La familia se instrumentaliza en función del poder disciplinar, «punto cero donde los diferentes sistemas disciplinarios se enganchan entre sí» (PP, p, 105); permite al poder disciplinar llegar hasta la intimidad de la singularidad somática e individualizarla, «microcasa de salud que controla la normalidad o la anomalía del cuerpo y el alma» (PP, p, 143 ).
En Los Anormales, la familia es además un concepto al cual se ligan obligaciones de sentimientos y conductas morales, deber ser y actuar en cuanto regularidad y normas, a partir de las cuales se establece lo regular y contra lo cual surge y se analiza lo anormal (An, p, 152). Así como en lo administrativo y lo político existe un orden y unas continuidades y regularidades, en lo familiar también, por ello, «la distancia con respecto a la norma de conducta y a la inmersión de lo automático», esto es, del instinto, son las dos variables que Foucault data en la década de 1850 como las que permiten inscribir la conducta en el registro de la enfermedad mental. Aunque no solo en la familia se suponen estas normas y regularidades, es a partir de este grupo que se apoya la actividad psiquiátrica y su legitimación administrativa en cuanto es el primer y más afectado grupo por la acción patológica del anormal, y la que más expuesta a los peligros se presenta.
El peligro de esa unidad cuerpo-instinto es ahora el interés que la psiquiatría, en cuanto higiene pública debe combatir, mitigar o controlar. Nótese que es un peligro al que se asigna una naturaleza individual, a cuya existencia la administración del orden establecido responde mediante órdenes de aprensión con los nombres y apellidos de los cuerpos-instinto determinados.
Se trata en segundo término de conductas interpretadas a partir de fondos de lectura administrativos, familiares y políticos que operan como la norma, frente a la cual la anomalía de la unidad cuerpo-instinto debería encajar, y a la que se le exige y corrige a fin de que, mediante diversos y continuos procedimientos de corrección, su conducta se regularice. Es lo que más tarde Foucault llama «normación»: existencia de una norma de conducta, sea al interior de una institución familiar, política o médica, independiente de la unidad cuerpo-razón o cuerpo-instinto, y en que la conducta de esta unidad debe corresponder a aquella. Este tipo de normación lo describe como característica del procedimiento disciplinario. Aunque en el curso de 1975 no utiliza dicha palabra, sino que explícitamente dice normalización, en 1978 hace la diferenciación de manera explícita, acuñando el término normalización para los dispositivos propios de las técnicas de seguridad, a lo cual me gustaría referirme por cuanto es algo que ya estaba, in nuce, en los anormales cuando Foucault analiza el tipo de consentimiento contractual de las brujas y lo distingue del consentimiento en las religiosas posesas:
Cuerpo-población
A la luz de las propias palabras del autor durante su clase del 26 de enero de 1978, debemos leer normación en vez de normalización, pues este proceso apela a algo diferente a lo característico de la disciplina; se trata de algo que, aunque se apoya en lo que la función psi logra imponer como deseo en el cuerpo, el contemporáneo sistema de gobierno no apela a la unidad del deseo particular del individuo, sino a la regularidad que en su multiplicidad se puede establecer.
El 26 de Febrero de 1975 observa que frente a la unidad intencional del contrato se da un tipo de consentimiento relacionado con un «juego de pequeños placeres, de sensaciones imperceptibles, de minúsculos consentimientos, de una especie de pequeña complacencia permanente» (An., p, 196) en donde se «enredan» y «retuercen», uno en el otro, «voluntad y placer», juego cuyo resultado deriva en la producción de un «engaño».
En Seguridad territorio Población el interés es un rasgo determinado a dos niveles: estético individual, pues es a nivel del deseo que se habla del interés del individuo; pero asimismo es un rasgo no individual, estadísticamente determinado, regularizado, es el interés de una población, que puede ser conducido como regularidad natural estadísticamente determinada.
A nivel individual se retoma el deseo del individuo, pero ya no junto a una razón instrumental del sujeto al servicio de su deseo; este nuevo sujeto o nueva unidad es cuerpo-deseo ligado al concepto de carne de la penitencia, pero al cual ya no se opone nada. Solo se le quiere administrar. Por tanto, su novedad también radica en que a este interés individual no se opondrá un interés igual o mayor para contenerlo, al contrario, se le dejará hacer, pues es la condición de existencia de una regularidad poblacional en cuanto racionalización del deseo en su tendencia general. Estadísticamente determina regularidades y da pie a un nuevo juego, en el que el deseo, «a la vez espontáneo y regulado», permite la «producción de un interés […]algo que es interesante para la propia población» (STP, p, 96).
Sin embargo, esta producción del interés que al ser resultado de una administración mediante dispositivos y mecánicas resulta artificial, tiene su base en una naturaleza descubierta al cuantificar el interés personal en una masa estadística de datos que muestra las regularidades que se dan de manera continua al tomar todos los intereses individuales, que en un primer nivel aparecen espontáneos, singulares e impredecibles, pero que en el nivel estadístico se logra establecer su tendencia y regularidad.
En este punto se observa la inversión desde los inicios de la psiquiatría de la natura individual contra natura del «primer monstruo» que se opone a sus leyes, a una irregularidad individual que se relaciona con un equilibrio general en cuanto regularidad natural, y con esto, normal. A diferencia de la normación que remite a la obligación en el cumplimiento de las normas ordenadas institucionalmente, este proceso de normalización no atiende a la obligación, por cuanto lo normal se refiere a aquello que se cumple de manera natural, a aquella curva estadística que se muestra. Aunque pueda verse que algunos individuos se desvían de esa curva general, ya están dentro del equilibrio de lo normal; constituyen parte del equilibrio como tal, al ser el equilibrio, la regularidad o interés mismo, el resultado de un cálculo en el que aquellos ya han sido contabilizados. En este caso y a diferencia de la normación, «Lo normal es lo primero y la norma se deduce de él, o se fija y cumple su papel operativo a partir del estudio de las normalidades» (STP, p, 84).
Foucault lo presenta de una manera extraordinariamente detallada, cosa que por espacio no se puede reconstruir acá. En cambio, lo esquemático de este texto, sus saltos argumentativos y bibliográficos, quieren plantear la cuestión por las nociones de unidad e individualidad que los atraviesa. «Y el individuo, para una disciplina, es mucho más una manera de recortar la multiplicidad que la materia prima a partir de la cual se la construye. La disciplina es un modo de individualización de las multiplicidades […]» (STP, p, 28).
Las 3 unidades que vimos formarse; cuerpo-razón, cuerpo-instinto, cuerpo-deseo, son el producto de procesos de unificación cuya obviedad no es tanta si se reconoce el esfuerzo de Foucault contra el sujeto moderno entendido como unidad epistémica originaria. El recorrido por estas 3 unidades dualistas muestra lo común en su primer término (cuerpo), eje fundamental sobre el que operan los procesos constitutivos de lo individual y lo subjetivo, esto es, apela a un proceso en el que el cuerpo es, en cuanto punto de partida, multiplicidad, y esto quiere decir, una multiplicidad somática leída en su organización corporal como «singularidad somática», que con posteridad va a ser objeto o escenario de una individualización, de un «recorte» sistemático» de dicha multiplicidad, por una función, la «función sujeto», consistente en una «proyección» virtual de la psique en el cuerpo.
«La función sujeto se ajusta exactamente a la singularidad somática: el cuerpo, sus gestos, su lugar, su desplazamientos, su fuerza, el tiempo de su vida, sus discursos, sobre todo eso se aplica y se ejerce la función sujeto del poder disciplinario […]. En una palabra, podemos decir que el poder disciplinario – y esta es sin duda su característica fundamental– fabrica cuerpos sujetos, fija con toda exactitud la función sujeto al cuerpo» (PP, p, 77)
Conclusiones
Las unidades mencionadas son el efecto de ese tipo de proceso individualizador, unificador. Recuérdese la manera en que la carne es fijada en el cuerpo durante la acción penitencial, «identificación del cuerpo y la carne», incorporación de la carne en el cuerpo a partir del juego entre placer y deseo «en el espacio del cuerpo» (An., p, 185), a partir del cual la psiquiatría sujetó el cuerpo a la naturaleza instintual, lo que califica Foucault como el elemento central en la organización de la anomalía (An., p, 186). Al mismo tiempo «constatamos la aparición de la función psi, la función psiquiátrica, psicopatológica […] entendida como «el discurso y la introducción de todos los esquemas de individualización, normalización y sujeción de los individuos dentro de los sistemas disciplinarios» (PP, p, 111).
Ahora bien, con relación a la primera unidad postulada que puede parecer anacrónica en cuanto Foucault liga lo contractual a lo soberano en su contraste con lo disciplinar… A pesar de que Foucault analiza el contrato siguiendo la historia de la filosofía política moderna, esto es, entender el contrato en relación con el poder soberano, en cuanto su mito legitimador, y lo contrapone al disciplinar. Y además, establece la diferencia entre el poder soberano como aquel en el que solo hay un individuo, el rey, y el disciplinar, en el que aparece la función psi, como poder individualizante, en la teoría contractualista se puede sospechar ya la función sujeto, esto sería, la fijación del carácter «racional» a la singularidad somática, necesaria para justificar la existencia de individuos, de unidades racionales que aceptan obedecer al soberano. Pero esto ya es la justificación del soberano para un pensamiento postsoberanía, y la teoría del contrato social es esto, pensamiento postsoberano, pues para el pensamiento soberanista propiamente dicho el soberano no necesita justificarse. De hecho, en el poder soberano ni siquiera hay individuos ante los cuales pueda ni deba hacerlo:
«la relación de soberanía es una relación en la cual el elemento-sujeto no es tanto –e incluso puede decirse que no es casi nunca, un individuo, un cuerpo individual. La relación de soberanía no se aplica a una singularidad somática sino a multiplicidades que, de alguna forma, están por encima de la individualidad corporal: a familias, usuarios o, al contrario, a fragmentos, aspectos de la individualidad, de la singularidad somática […] En otras palabras, lo que llamaré la función sujeto se desplaza y circula por encima y por debajo de la singularidades somáticas» (PP, p, 64)
Vemos entonces que función sujeto (concepto amplio) no es exclusiva del poder disciplinar, tiene su función en lo soberano, pero lo que aquí se propone es que ya en el pensamiento contractualista operaría, al hablar de individuos racionales, lo que Foucault considera función sujeto diciplinar: fijar y hacer converger la función sujeto (sujeto-razón) en la singularidad somática, que luego dará lugar a la constitución propiamente de la función Psi (psiquiátrica) que fija el deseo-instinto. La función psi no tiene aplicación en lo soberano.
Y sin embargo, la tercer unidad es mas compleja de analizar, pues ya no se trata únicamente de una unidad de fijación del deseo a la singularidad somática, además, y esto es lo propio del gobierno, se trata de algo que está por encima de la individualidad, la población como multiplicidad somática cuya unidad de medida es abstracta y ya no concuerda con la singularidad somática. Lo que recuerda parte de la descripción de la función sujeto en el poder soberano. Lo novedoso con respecto a este, es que mientras en la relación de soberanía la «fijación de la función sujeto en un cuerpo determinado solo puede hacerse de una manera discontinua, incidental, ocasional» (PP, p, 64), permitiendo que los cuerpos circulen, se desplacen y huyan (Idem.), las multiplicidades que constituyen una población no tendrán la misma facilidad de huir por cuanto la función Psi ya las ha fijado al deseo, lo que permite al poder gubernamental su continuidad. Una segunda diferencia en torno a la relación de soberanía es que ni la relación disciplinar, ni la gubernamental son individualizadoras «hacia arriba», esto es, hacia el sujeto soberano, pues no hay cuerpo sobre el qué fijar la función sujeto (inmaterialidad del poder); «la disciplina individualiza por abajo, individualiza a aquellos sobre los que recae» (PP, p, 99).
Así, la función que cumple la familia, en cuanto residuo de las relaciones de soberanía, como instrumento del poder disciplinar que permite su continuidad hasta la cama del infante; asimismo el mecanismo individualizador disciplinar asegura, mediante la fijación del deseo (función Psi), la continuidad del gobierno.
El curso Los Anormales plantea un análisis del deseo que va a permitir profundizar en la manera en que la historia de la psiquiatría traza un marco conceptual mediante el que las sociedades occidentales van a atravesar de las formas de dominación del poder soberano a la gubernamentalidad, y la relación fundamental que con este proceso mantiene la historia de la anomalía.
Bibliografía
Foucault, M. (2003) El Poder Psiquiátrico. FCE. México
__________ (2000) Los Anormales. FCE. México.
___________(2014) Seguridad, Territorio, Población. FCE. México.
[1] Estudiante de la Maestría en Educación. UPN. Tercer semestre. Ensayo escrito en el marco Seminario Internacional intensivo Francia-Colombia.
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